Seguros de impago de alquiler
¿De qué tratan los seguros de impago de alquiler?
Que tu inquilino no pague el alquiler es uno de los riesgos a los que te expones como propietario cuando alquilas una vivienda. Sin embargo, con el seguro de impago del alquiler, rentabilizar tu arrendamiento de una forma segura, ya que el principal objetivo es garantizar el pago de la renta.
¿Cómo funciona el seguro de impago?
Antes de la contratación de la póliza se estudia los impagos y solvencia del futuro inquilino, pasado este filtro se procede a la firma del contrato de arrendamiento y este pasa a formar parte del seguro de impago de alquiler.
¿Qué ventajas tiene nuestro seguro de impago de alquiler?
Además de proteger al propietario frente a impagos de las rentas, te asiste jurídicamente, te indemniza por actos vandálicos, el pago de suministros pendientes del inquilino.
Tranquilidad al alquilar
Te ofrece la tranquilidad que necesitas al tener tu vivienda alquilada.
Impago para 6, 9 o 18 meses
Tres opciones de contratación para los periodos de impago.
Una vez presentada la demanda
Una vez presentada la demanda, cobraras tu renta mes a mes.
Estos son los factores que influyen en el precio del seguro
Importe de la renta
Es el factor principal que determina el precio anual del seguro.
Meses de impago a cubrir
Otro de los factores que determinan el precio del seguro es la cantidad de meses a cubrir: 6, 12 o 18.
Coberturas opcionales
Aparte de las coberturas básicas, podemos incluir el pago de suministros o la suistitución de cerraduras.
Tipos de seguros de impago de alquiler
Estas son las opciones según el tipo de propiedad.
Vivienda
Vivienda destinada alquiler habitual
Locales
Local destinado alquiler habitual
Estas son las coberturas básicas
Se garantizan el cobro de los alquilres impagados al propietario hasta que recupere su vivienda. La compañía aseguradora adelanta los impagos mensualmente.
Estas son las coberturas opcionales
Se reembolsan los daños que el inquilino haya causado al mobiliario de la vivienda, hasta el capital designado en póliza.
Preguntas frecuentes
Se recomienda que este seguro de protección jurídica sea abonado siempre por el propietario.
Requisitos que debe cumplir el inquilino
Para contratar este seguro, es necesario realizar un estudio previo de los inquilinos sean asalariados, autónomos o pensionistas.Para realizar dicho estudio es imprescindible reunir la siguiente documentación.
En caso de asalariados
Tres últimas nóminas de los inquilinos y contrato laboral, copia del NIF/NIE.
En caso de autónomos
Última declaración de la renta, dos últimos recibos del pago del autónomos a la Seguridad Social y copia del NIF/NIE.
En caso de pensionistas
Último justificante de pensión emitido por la Seguridad Social y copia del NIF/NIE.
¿De qué tratan los seguros de impago de locales comerciales?
Que tu inquilino no pague el alquiler es uno de los riesgos a los que te expones como propietario cuando alquilas un local. Sin embargo, con el seguro de impago del alquiler, rentabilizaras tu arrendamiento de una forma segura, ya que el principal objetivo es garantizar el pago de la renta.
¿Cómo funciona el seguro de impago?
Antes de la contratación de la póliza se estudia los impagos y solvencia del futuro inquilino, pasado este filtro se procede a la firma del contrato de arrendamiento y este pasa a formar parte del seguro de impago de alquiler.
¿Qué ventajas tiene nuestro seguro de impago de alquiler?
Además de proteger al propietario frente a impagos de las rentas, te asiste jurídicamente, te indemniza por actos vandálicos, el pago de suministros pendientes del inquilino.
Tranquilidad al alquilar
Te ofrece la tranquilidad que necesitas al tener local alquilado.
Impago de rentas 6 o 12 meses
Dos opciones de contratación para los periodos de impago.
En caso de impago
Una vez presentada la demanda, cobraras tu renta mes a mes.
Estos son los factores que influyen en el precio del seguro
Importe de la renta
Es el factor principal que determina el precio anual del seguro.
Meses de impago a cubrir
Otro de los factores que determinan el precio del seguro es la cantidad de meses a cubrir: 6 o 12 .
Coberturas opcionales
Aparte de las coberturas básicas, podemos incluir el pago de suministros o la suistitución de cerraduras.
Estas son las coberturas básicas
Se garantizan el cobro de los alquilres impagados al propietario hasta que recupere tu local. La compañía aseguradora adelanta los impagos mensualmente.
Preguntas frecuentes
Se recomienda que este seguro de protección jurídica sea abonado siempre por el propietario.
Requisitos que debe cumplir el inquilino
Para contratar este seguro, es necesario realizar un estudio previo de los inquilinos sean asalariados, autónomos o empresas. Para realizar dicho estudio es imprescindible reunir la siguiente documentación.
En caso de asalariados
Tres últimas nóminas de los inquilinos y contrato laboral, copia del NIF/NIE.
En caso de autónomos
Última declaración de la renta, dos últimos recibos del pago del autónomos a la Seguridad Social y copia del NIF/NIE
En caso de empresas
Últimas cuentas anuales, escritura de la sociedad y copia del NIF/NIE, del administrador de la sociedad.